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En la segunda mitad del siglo XIX el Estado mexicano se esforzó en estabilizar la situación económica, política y social. En ese sentido, la ambición del gobierno se hallaba en la formación de un nuevo orden social, semejante al de los recién fundados Estados-nación de Europa y Estados Unidos, liberales por antonomasia, en los cuales instituciones como el Estado, el derecho, la familia y la propiedad privada –debido a un largo proceso de agitación política– se habían regulado bajo una serie de normas, plasmadas en su constitución política.
En su afán por implementar tales ideas e instituciones, el Estado mexicano se empleó en la tarea de promulgar códigos legales. En 1857 se expidió el primer código político, la Constitución; en 1871, el código civil del Distrito Federal; en 1880, el código penal; y, en 1884, el código comercial. Pese a que esta situación cambió el panorama legislativo, se continuó con la aplicación de las leyes coloniales o de Antiguo Régimen lo que dificultó el acceso a la legislación y la administración de justicia.[1]
Este periodo de transición sólo pudo llegar a su culmen con la codificación, mientras tanto el derecho colonial siguió practicándose simultáneamente al derecho liberal. En materia penal, en cambio, el derecho liberal sí logró aplicarse muy tempranamente en los códigos penales finiseculares, si bien no con plenitud. De modo que, la pena, como menciona Michael Foucault, pasó de ser corporal a aplicarse sobre el alma. Los golpes, la guillotina, las marcas y todos los castigos corporales, ejemplificantes y espectaculares, es decir, que se realizaban sobre el cuerpo del criminal y a la vista pública, se transformaron paulatinamente en penas todavía con intenciones de moralizar a la sociedad pero sin la teatralidad acostumbrada y con el propósito de no agredir más al cuerpo.[2]
Asimismo, la nueva concepción del Estado moderno renovó la conceptualización del hombre bajo los preceptos liberales de libertad e igualdad, es decir, el hombre ahora gozaría de libertad y sería admitido ante la ley como igual a todos los demás hombres, esto en contraposición a la justicia equitativa de Antiguo Régimen, en la cual se juzgaba de acuerdo al status social de la persona y el caso concreto. De manera que, bajo dichos supuestos del hombre libre e igual, se derivaba que “el único valor que podía ser afectado resultaba ser esa libertad”[3]. Así fue, entonces, como surgió la pena por excelencia del orden jurídico liberal: la pena de prisión. Su fin residió en la idea de intimidar para prevenir y en la readaptación social.[4]
Aunque en México la pena de prisión se empleó desde la época prehispánica hasta el segundo tercio del siglo XIX como un lugar de detención temporal en tanto se ejecutaba la pena de muerte, sólo se hizo extensa y legal hasta finales del Porfiriato, expresamente con la construcción de la Penitenciaría de la Ciudad de México, conocida también como el Palacio de Lecumberri, en 1900. Al mismo tiempo, los legisladores porfirianos comenzaron a discutir la viabilidad de la pena de relegación, la cual perseguía el propósito de ayudar a abatir la reincidencia. Fue hasta 1905 cuando el Ejecutivo hizo los preparativos para instituir la pena de relegación en una colonia penal, ubicada en las Islas Marías.[5]
El objetivo de este ensayo consiste en analizar por medio de dos novelas: Los muros de agua (1940) y El apando (1969), la gestión de los sistemas carcelarios que administraron la aplicación de las penas de prisión y relegación. Como ya se mencionó, tanto el objetivo de la primera como de la segunda de ellas se sustentó en el principio de la readaptación social. Para lograr dicho fin los legisladores liberales propusieron que el trabajo tendría que ser el medio de regeneración, “procurando la industrialización y el desarrollo del espíritu de cooperación entre los detenidos”, por lo menos así lo expresaba el Código Penal Federal de 1931, que siguió la tradición liberal precedente.
Sin embargo, cabe preguntar ¿hasta qué punto las penas de prisión y relegación se aplicaron explícitamente bajo este precepto? ¿La aplicación de las penas dejó de realizarse sin suplicio enseguida de la expedición de los códigos y a raíz de los modernos centros penitenciarios? Las respuestas se explorarán a través de las novelas que Revueltas escribió sobre sus experiencias en las Islas Marías y en Lecumberri.
La posibilidad de analizar las experiencias del escritor –sucedidas en pleno siglo XX, en el México posrevolucionario– es factible en tanto que el Código Penal Federal de 1931 estuvo vigente en los años posteriores, a pesar de algunas modificaciones, como el artículo 145 bis en 1945, hasta la reforma penal de 1983.
La primera ocasión que Revueltas estuvo recluido fue en 1929 en la Correccional de menores a la edad de quince años, debido a su participación en un mitin en el Zócalo de la Ciudad de México. Fue acusado de rebelión, sedición y motín. Su estancia allí dentro debía ser de un año y un día pero después de seis meses fue liberado bajo fianza.[6] En adelante, el escritor fue encarcelado en tres ocasiones más por las mismas razones: cuestiones políticas, pues desde adolescente había comenzado a militar en las filas del comunismo.
Así, en julio de 1932 fue deportado a las Islas Marías junto a un grupo de compañeros comunistas por dirigir una huelga en la fábrica de tabaco “El Buen Tono” hasta que fue liberado en noviembre de ese año por ser menor de edad. Desde este momento Revueltas percibió las irregularidades de su detención. En sus memorias recuerda lo siguiente:
El caso es que, como nuestra relegación al archipiélago del Pacífico era por completo ilegal, nuestros conductores se las ingeniaron para que ni el propio general Múgica [director de la colonia] se enterara de que íbamos en el mismo barco, el Progreso, en que él regresaba, después de una corta ausencia…[7]
Dos años después, en 1934, fue enviado por el Partido Comunista Mexicano (PCM) a Nuevo León con el objetivo de organizar una huelga de peones agrícolas, por tal razón ese año volvió a ser detenido y deportado a la Colonia Penal. En esta ocasión su estadía duró diez meses, de mayo a febrero de 1935, debido a la amnistía que decretó el gobierno de Lázaro Cárdenas.[8] De manera que, con tan sólo diecinueve años José Revueltas había cumplido pena de relegación en dos ocasiones sin antes cumplir pena de prisión, cuando el Código Penal Federal en su artículo veintisiete establecía que “la relegación en colonias penales se aplicará a los delincuentes judicialmente habituales o cuando expresamente lo determine la ley.”
Es probable que, como sucedió en varias ocasiones con los presos políticos del momento (cristeros y comunistas) que se les apresaba “sin una sentencia, ni formalidad”[9], así haya sucedido con Revueltas, por cuanto que su primera relegación se hizo sin el consentimiento del director de la colonia y en 1934 sólo se supo de su captura cuando un preso común fue liberado e informó de ésta al PCM.[10]
Además de las “irregularidades” que se cometieron en sus últimas aprehensiones, las experiencias que el escritor vivió como preso retratan por igual la vida cotidiana de la colonia. Los principales temas que aborda en Los muros de agua son fundamentalmente los maltratos de los funcionarios hacia los presos desde el traslado de las cuerdas[11] hasta su llegada a la Isla Madre y en su vida de presidio. En ese mismo sentido, la literatura mexicana –no sólo comunista– y el cine, aunque éste con menos detalles, han reflejado la cotidianeidad del archipiélago.
Entre los temas más destacados de la novela sobresalen las humillaciones e injurias contra las mujeres, los homosexuales y los enfermos. Cabe destacar que, para la época en que Revueltas escribió su novela, abordar dichos temas se consideraba un tabú. Sin embargo, como él mencionó, aunque su obra no era el reflejo directo de la realidad si era una realidad literaria, pues “la realidad siempre resulta un poco más fantástica que la literatura…”[12] De manera que, tanto la cosificación de las mujeres por parte de los capataces al obligarlas a realizar trabajos domésticos en sus casas y soportar violaciones e intentos de violación como los castigos que recibían los homosexuales y los trabajos forzados bajo el sol y sin cuidados médicos a los que sometían a los enfermos de paludismo, quedaron explícitos en su obra.
Asimismo, rescata el caso de Pedro Gallegos, quien en su traslado a Las Islas Marías fue víctima de la “ley fuga”. Pareciera, por la brevedad de este pasaje, que se trata de un relato más; sin embargo, aunque el escritor no pretendiera hacer explícitamente una crítica a la aplicación de dicha ley, para los lectores e historiadores de ahora interesados en el tema resulta del mayor interés porque denota el desfase entre las normas punitivas y las acciones del sistema judicial. En palabras de Pablo Piccato, probablemente la aplicación de la ley fuga “haya sido una forma de compensar la imposibilidad de aplicarles la pena de muerte…”[13]
El elemento fundamental de toda la trama de Los muros de agua y, en general de la mayoría de sus obras, es la degeneración humana, la enajenación que sufre el lumpenproletariado, los marginados y los prisioneros e incluso de los capataces. Por ejemplo, refiriéndose a los presos “de gobierno” (antiguos presos que fungían como funcionarios de la colonia) menciona: “Esta gente es siempre de lo más abyecta y ruin: cruel, egoísta, malvada, resentida, miedosa. Se ensaña con los más débiles y ante los más fuertes es humilde y sumisa hasta el servilismo.”[14]
De igual modo, esto se observa cuando Soledad, una de las presas, a sabiendas de que será ultrajada por un cabo, decide buscar al Temblorino, un hombre deforme que además sufría de epilepsia, con el fin de que éste le contagiara la sífilis que padecía. A su parecer, la anterior era la única salida a esa situación, pero, sobre todo la pensó como un acto vindicativo; sin embargo, su venganza se ve frustrada cuando el cabo se percata del acto y, en ese sentido, su objetivo termina en una condena sin represalia.
Todos los personajes de la obra revueltiana padecen infortunios en relación con sus metas. Sufren de una especie de relación “tantálica”: corren la misma suerte que toleró Tántalo –personaje de la mitología griega– cuando fue condenado por los dioses a no poder satisfacer su hambre y su sed a pesar de que estuviera cubierto de agua y atado a un árbol de frutas. Esta situación, como se mostrará más adelante, también, sucede en El apando.
La esperanza de los presos por alcanzar la libertad aunque ésta fuera por un momento, se desmorona: el Miles, un famoso ladrón, después de varias semanas de entrenamiento con la ilusión de escapar de las Islas decide lanzarse al mar; no obstante, es atacado por un tiburón.
Siguiendo los temas que el escritor aborda en Los muros de agua, podemos sugerir que entre líneas cuestiona, también, los modelos carcelarios como centros para la readaptación social. En el momento en que Rosario, la joven comunista, está en alguna oficina de la colonia observa que en la pared está colgada una leyenda que advierte: “Ante el látigo que envilece e infama, está el trabajo que regenera y salva”. Rosario en su interior piensa en la contradicción que ésta encierra, pues enseguida uno de los capataces golpea con su fuete a otra de las mujeres presentes.
Finalmente, los suplicios no cesaron. Tal es el caso de un grupo de homosexuales que se escapan al monte para no trabajar y, unos días después, cuando el cabo los encuentra, los cuelga para darles cien azotes. Asimismo, existió un castigo denominado “el bramadero”, que consistía en colgar al individuo de los dedos gordos de las manos a un árbol y darle azotes hasta dejarle sin sentido.[15]
De igual forma, Diego Pulido rescata testimonios de alguno cristeros que estuvieron prisioneros en las Islas Marías durante el mismo periodo que Revueltas. La mayoría de éstos, sugiere Pulido, “señalaron que los excesos cometidos por el régimen carecían de legitimidad: se trató de violencia más que del ejercicio de la fuerza legítima.”[16]
Tres décadas después José Revueltas volvió a ser aprehendido por participar en el movimiento estudiantil de 1968. En esta ocasión cumplió pena de prisión en la Penitenciaría de la Ciudad de México durante dos años, en el curso de los cuales se dedicó, entre otras cosas, a escribir El apando. El escritor duranguense comentó en una entrevista que Elena Poniatowska le realizó en Lecumberri que su novela “surgió de cosas que me contaron; hechos reales que me sucedieron aquí, y aquí mismo me informé.”[17]
La novela versa sobre la historia de tres reos toxicómanos que están “apandados”, esto es, que estaban encerrados en una celda común de castigo a causa de una mala conducta. La característica de dichas celdas era que tenían una mirilla por la cual los castigados recibían su comida y sólo podía abrirse por afuera. De modo que la entrada de la luz solar era imposible.[18] Los tres toxicómanos organizan una “huelga”, un tumulto, para que las esposas de dos de ellos y la madre de El Carajo –un hombre tuerto, con una pierna tullida, con temblores y con una adicción ilimitada a la droga– en el ínterin puedan accesar a la prisión con una porción de droga. No obstante, el relato concluye con el connato de contrabando.
A decir de uno de los directores de la Penitenciaría, Sergio García Ramírez, el apando
era una celda común… desprovista de mobiliario…Sólo las cuatro paredes desnudas, inexpugnables … algún lugar, tal vez, para el desahogo fisiológico, y nada más, salvo el silencio franqueado por voces apagadas, la fetidez, la oscuridad.
Éste era el lugar de castigo ideado por quienes tuvieron a su cargo el cumplimiento de los artículos 18 y 20 de la Constitución de la República: el sistema penal es el medio para la readaptación social del infractor; todo maltratamiento en la prisión, toda molestia que se infiera sin motivo legal, es un abuso que será corregido por la ley y reprimido por la autoridad.[19]
Sin embargo, los castigos en los apandos no sólo se cometían contra los “renegados”, sino también con algunos enfermos mentales,[20] tal es el caso de El Carajo, para el cual Revueltas se inspiró en un personaje real: “el loco Avitia”. A fin de cuentas el objetivo del apando consistía en debilitarlos física y moralmente,[21] por lo que el tiempo que cumplían en el apando podía durar días, semanas, e, incluso, meses.
A pesar de que esta situación estaba prohibida en tanto que el reglamento de la Penitenciaría señalaba que “En ningún caso deben ser penados los reos con los castigos físicos, sino por el contrario deben procurarse que todo castigo sea puramente moral”, el maltrato físico se practicaba deliberadamente.
En El apando José Revueltas vuelve a exponer algunos temas que anteriormente ya había explorado en Los muros de agua. En primer lugar, la vileza a la que no sólo los presos eran vulnerables sino también los mismos funcionarios, pues para el escritor la humanidad ha sido y está históricamente enclaustrada en una cárcel representada por la propia sociedad. En ese sentido, para el novelista la única salida a esta “condena” sería la emancipación de las clases bajas, de la misma forma en que lo planteó Luis Buñuel en Los olvidados. Así lo sugiere uno de sus personajes: “Con el estómago lleno todos somos mejores. Pensaba que si en lugar de a estos pudiéramos encerrar a la miseria.” La alternativa para ambos estaría en liquidar a la pobreza.
El otro argumento que Revueltas retoma en El apando es la relación “tantálica” de sus personajes, la eterna frustración de la humanidad, manifiesta en esta novela cuando las mujeres que urdieron el plan de traficar y entregar la droga a sus familiares fracasan en el intento a causa de que El Carajo delata el hecho.
En suma, lo que descubre El apando es la incongruencia entre la ley escrita y la que de facto se aplicaba en la Penitenciaría. No obstante, para Graciela Flores los abusos de poder, maltratos físicos, y las pésimas condiciones de vida de los presos fueron una constante desde el momento en que surgió la prisión[22]; empero, esta situación culminó pocos años después del encarcelamiento de Revueltas, en la década de los setenta. Precisamente en la administración del licenciado Sergio Ramírez los apandos fueron clausurados y prohibidos hasta que, en 1976, Lecumberri dejó de funcionar como la Penitenciaría de la Ciudad de México.
Finalmente, tanto Los muros de agua como El apando, a pesar de que guardan una distancia de veintiocho años, denotan las características esenciales de un sistema penitenciario arcaico y decadente, que no supo superar los suplicios por una regeneración real de los reos que coadyuvara a su ulterior reinserción en la sociedad. De modo que, durante la segunda mitad del siglo XX, varios juristas mexicanos debatieron la cuestión relativa a si la prisión regeneraba o degeneraba, readaptaba o desadaptaba.
Victoria Herrera es historiadora por la UNAM e investigadora del Centro Mexicano de Estudios Económicos y Sociales.
Bibliografía y referencias
Buñuel, Luis, Los olvidados, México, 1950.
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Revueltas, José, El apando, México, ERA, 1969.
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[1] Elisa Speckman Guerra, “Las tablas de la ley en la era de la modernidad. Normas y valores en la legislación porfiriana”, en Claudia Agostoni y Elisa Speckman, eds., Modernidad, tradición y alteridad. La ciudad de México en el cambio de siglo (XIX-XX), México, UNAM, IIH, 2001, pp. 241-243.
[2] Michael Foucault, Vigilar y castigar. Nacimiento de la prisión, Buenos Aires, Siglo veintiuno editores, 2002, p.18.
[3] Gustavo Malo Camacho, Derecho penal mexicano, México, Editorial Porrúa, 2003, p. 618.
[4] Ibíd.
[5] Diego Pulido Esteva, Las Islas Marías, historia de una colonia penal, México, Secretaría de Cultura, Instituto Nacional de Antropología e Historia, 2017, pp. 24-36.
[6]José Revueltas, Las evocaciones requeridas, México, ERA, CONACULTA, 2014, p. 24.
[7] Ibíd., p. 40.
[8] Diego Pulido, óp. cit., p.189.
[9] Ibíd., p. 181.
[10] Ibíd., p. 189.
[11] Las cuerdas eran los grupos de presos que eran trasladados de la Penitenciaría de la Ciudad de México a la Colonia Penal de las Islas Marías.
[12] José Revueltas, Los muros de agua, edición original 1941, México, ERA, 1978, p. 10.
[13] Pablo Piccato, “Los asesinos celebrados”, Nexos, México, Septiembre, 2015.
[14] José Revueltas, óp. cit., p. 100.
[15] Diego Pulido, óp. cit., p. 184. Copiado de Aquiles P. Moctezuma, El conflicto religioso de 1926, sus orígenes, su desarrollo, su solución, 1929.
[16] Ibíd., p. 180.
[17] Elena Poniatowska, “Hablan los presos”, en Andrea Revueltas y Philippe Cheron, Conversaciones con José Revueltas, México, ERA, 2001, p. 65.
[18] Sergio García Ramírez, El final de Lecumberri: Reflexiones sobre la prisión, México, Porrúa, 1979.
[19] Ibíd.
[20] Graciela Flores Flores, El final del Palacio Negro de Lecumberri: Las claves institucionales de una muerte anunciada (1971-1976), UNAM, Facultad de Filosofía y Letras, Tesis para obtener el grado de maestra en Historia, 2009, p.58.
[21] María Alejandra Peigeimont Merino, El Palacio Negro de Lecumberri, Universidad Femenina de México, Tesis para obtener el título de licenciada en Derecho, 1997, pp. 66-68.
[22] Graciela, óp. cit., pp. 62-63