Sobre una posible visión aristotélica de la crisis política (2/2)

Por Jenny Acosta | Mayo 2023

En el libro V de Política, Aristóteles explicita sus intenciones de saber las causas por las que una constitución puede cambiar. Esta transformación encuentra su fundamento último en “(…) el principio de que muchos son los regímenes existentes y si bien todos están de acuerdo en la justicia y la igualdad proporcional, no las alcanzan.” (Política, 1301a). Como se mencionó en la entrega anterior, Aristóteles considera que toda constitución es imperfecta porque no puede sino priorizar los intereses de algún sector social en lugar de tomarlos a todos con igualdad y absoluta justicia, por lo que siempre habrá intentos por alcanzar la justicia en su forma más perfecta.

Aristóteles sostiene que lo que inicia un movimiento que intenta la transformación de la constitución es una concepción distinta de justicia: “Y por esta razón, cuando unos u otros no participa del poder según la concepción que cada uno tiene, se sublevan (…) En todas partes (…) la sublevación tiene por causa la desigualdad” (Política, 1301b). En esta manifestación de descontento social puede observarse un desequilibrio que conducen a una enfermedad que, en el plano en que estamos, se manifiesta como revuelta social. La constitución debe adquirir la forma más estable para garantizar el desarrollo del colectivo político hacia el bien común; pero si esto no se logra, entonces encontramos un punto de entrada para la inestabilidad sociopolítica, para el descontento de algún sector social. Berti hace un análisis interesante sobre este punto, dice él: “La causa general de las transformaciones violentas, efectuadas mediante una rebelión (stasis) —las únicas que corresponden a la idea moderna de revolución, pero no las únicas que estudia Aristóteles—, reside en el hecho de que, en determinado momento, no todos los que participan en una constitución comparten la idea de justicia en la cual esta se basa.” (Berti, 2012:92). Con esta interpretación de Berti rescatamos nuevamente un concepto que ya se ha manifestado como central: justicia. Como se mencionó en la entrega anterior hay una forma originaria, congruente con la naturaleza humana, de hacer y establecer la justicia: Dike, y aunque esta siempre se mantenga como fundamento de la constitución de la polis, no siempre es alcanzada de la mejor manera. Además, como el mismo Aristóteles lo muestra, cada ciudadano puede tener, y en muchas casos tiene, su propia interpretación de justicia, según la cual habría que gobernar de un modo u otro marcando la pauta del estado deseado.

Una similitud entre el concepto de krisís hipocrática y la aristotélica es tarea relativamente sencilla, sobre todo porque en ambos autores se considera que el desequilibrio lo sufre un cuerpo orgánico. El cuerpo de Hipócrates es material, son los cuerpos en su forma natural, es la organización orgánica que se ha alcanzado para que la continuidad de ese cuerpo se mantenga; por su parte, el cuerpo en el que Aristóteles piensa, el político, encuentra su materialidad y organicidad en la constitución sobre la cual se funda la polis y en la participación de los ciudadanos. A lo largo del pensamiento político se han establecido analogías entre el cuerpo “natural” y el político con diferentes matices, en este trabajo no abundaremos más sobre la cuestión siendo lo dicho suficiente para nuestra intención.

Al haber distintas posibilidades de constitución, no se puede establecer una fórmula que explique la transformación de todas y cada una, más allá del móvil genérico que Aristóteles establece a partir de las distintas concepciones de justicia. Es por esto que el estagirita sí se detiene a analizar casos concretos en los que la constitución de la polis haya sido transformada hacia su caída. La primera parada que hace es en la democracia y concluye que la caída de este régimen constitucional es “(…) a causa  de la insolencia de los demagogos, los cuales, para congraciarse con el pueblo, ofenden a los notables reduciéndoles las riquezas o imponiéndoles excesivas «liturgias» (prestaciones públicas), con lo cual los impulsan a rebelarse” (Berti, 2012:94). La democracia es la forma deformada de la politie, en donde el politeuma reside en la mayoría plebeya, que al no ser soberana por depender del trabajo manual que realiza para otros, su voluntad puede ser atrapada y dirigida por los demagogos, éstos que Aristóteles reconoce como los incitadores de la crisis política y consecuente caída de la constitución.

Pero así como pueden caer las constituciones alejadas de la justicia que por naturaleza corresponde al humano, también las que son congruentes con ésta pueden entrar en crisis: “(…) las aristocracias y las politie (…) caen sobre todo cuando se alejan de lo que es justo en cada constitución, respectivamente, de la virtud y de la justa conciliación de los dos elementos (oligárquico y democrático), si bien las polities son más estables que el resto de las constituciones.” (Berti, 2012:94). Como se nota en las palabras citadas, el surgimiento de la crisis política en la politie surge cuando el equilibrio justo que se plasma en la constitución de la polis no se respeta en la práctica, posibilitando que las desigualdades materiales y políticas entre los ciudadanos —que desde la postura aristotélica no deberían ser problemáticas para la continuidad política del organismo social— se utilicen por demagogos en pro de la caída de la constitución vigente.

El estagirita también reflexiona sobre las causas que contribuyen al mantenimiento de una constitución, en un plano general y particular. Dice que:

(…) es evidente que si tenemos aquello por lo que se destruyen los regímenes tenemos también aquello por lo que se salvan, pues los contrarios producen otros contrarios, y destrucción es contrario a salvación. Así pues, en los regímenes bien fundados, si algo se debe vigilar, ninguna cosa como que no se infrija en nada la ley, y en especial vigilar lo de poca importancia, pues la transgresión de la ley se desliza sin ser advertida[1].

(Política: 1307b).

Una simple negación de las acciones que llevan a la caída de un régimen conduce al mantenimiento de éste, como bien menciona Aristóteles. De forma más concreta, se recomienda que todo lo que se haga sea conforme a la ley, porque es la ley la que fundamenta la existencia de la polis que se gobierna. La separación de la constitución significa una negación de los fundamentos mismos del individuo como ciudadano y, por tanto, de los derechos que este status le garantizan. Este análisis puede entenderse desde la salud y la enfermedad. Cuando el individuo ha alcanzado un estado de salud debe actuar en pro de la continuidad de la salud, un pequeño desvío puede sentar las bases para que la enfermedad se aloje en el cuerpo, provocando una crisis (akmé). Como dice Aristóteles, parecería que la suma de pequeñas irregularidades no provocarían un desastre de dimensiones mayores que los sucesos individuales, pero de poco en poco se pasa de la unidad a la centena, y el descontento social por la violación de la ley también alcanza dimensiones mayores conforme más se viola la ley.

Berti rescata un elemento tan fundamental como la vigilancia y respeto de la ley: la educación: “(…) el instrumento más importante para conservar una constitución es un sistema de educación adecuado a la misma, «porque incluso las leyes más útiles, por mucho que las ratifiquen los ciudadanos, carecen de utilidad si estos no han sido educados en el espíritu de la constitución».” (Berti, 2012: 96). La constitución no sólo se sostiene cuando se le respeta, también cuando los ciudadanos reconocen en ella la mejor forma de organizar su sociedad política, sentimental y racionalmente, sobre todo esto último. La educación del ciudadano debe contemplar una parte política para que los ideales y principios en los que se sustenta la constitución sean resguardados, aún y cuando haya elementos de la constitución que podrían cambiar por el desarrollo mismo de la polis. Como se mencionó anteriormente, al no ser perfectas, las constituciones pueden ser cambiadas.

En estas reflexiones que Aristóteles hace sobre la política, su justicia y su injusticia, hay elementos que pueden ser útiles para las sociedades contemporáneas. Si bien es difícil establecer un ideal de justicia que satisfaga totalmente los parámetros de cada grupo social, sí debe buscarse establecer una base común sobre la que se puedan construir acuerdos comunes en pro del bienestar general. Aristóteles no era un demócrata, su condición histórica y social no se lo permitía, pero aunque no escribió para la democracia, sus consideraciones sobre el bienestar común pueden aportar guías de reflexión, y posterior acción, para las sociedades democráticas actuales.


Jenny Acosta es licenciada en filosofía por la UNAM e investigadora del Centro Mexicano de Estudios Económicos y Sociales.

[1] Así como hay modos “legales”, justos, de conservar una constitución, Aristóteles menciona aquellos que no seguirían la justicia de Diké, sino de Bía: mantener el poder a través de infundir miedo entre la ciudadanía. (Cfr. Aristóteles, Política: 1308a)No nos detenemos en la exposición detallada de este modo, porque lo nos interesa es mostrar el momento en el que se rompe el equilibrio “legal” y se produce la crisis.

Bibliografía

Aristóteles (2008), Política, Gredos, Madrid, España.

Berti, Enrico (2012), El pensamiento político de Aristóteles, Gredos, Madrid, España.

Gómez Robledo, Antonio (1962), “La justicia en Platón”, en Revista de Ciencias Sociales, VI (1962.2): pp. 145-166.


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